http://barrapunto.com/article.pl?sid=08/04/01/1028213&from=rs
Tokafondo nos cuenta: «Por primera vez en Canarias se ha condenado a una persona por compartir pornografía infantil con un programa de redes p2p, en este caso el emule, al considerar que cuando se bajaba material pornográfico infantil estaba contribuyendo a su difusión. Se puede leer que en este caso el magistrado tiene bastante claro cómo funciona el emule, porque considera que el "delito continuado de prostitución de menores" está consumado al tener el enjuiciado cientos de archivos en su carpeta incoming, lo que hace que se estén distribuyendo automáticamente. Sin embargo -según lo que leo- no se cuestiona el uso en sí del programa sino el contenido de lo que se comparte.»